15 datos que debes conocer sobre la violencia contra las mujeres
La problemática ha sido desde hace tiempo desestimada y desatendida –excluyendo a agrupaciones civiles- la información al respecto es poco conocida por gran parte de las personas pero ¿Qué es la violencia contra las mujeres? ¿Por qué se conmemora? ¿Por qué se hace énfasis en este tema?
Aquí algunos datos útiles para conocer e informarte sobre esta grave problemática:
- “Una de cada tres mujeres ha sufrido violencia física o sexual en su vida, una cifra abrumadora que refleja una pandemia de proporciones mundiales”1 (ONU Mujeres)
- La Declaración Universal de los Derechos Humanos2, establece en su artículo primero y segundo lo siguiente:
“Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros”. “Toda persona tiene los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, SEXO, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición”.
- Derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad
- Derecho a no ser sometid@ a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes
- Derecho al libre tránsito
- Derecho a la Igualdad ante la justicia
- Derecho al reconocimiento de la personalidad jurídica
- Derecho a la inviolabilidad de la vida privada
- Derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión
- Derecho a la libertad de expresión y asociación
- Derecho a participar en los asuntos públicos, votar y ser elegido en elecciones periódicas
- La Declaración Universal de los Derechos Humanos se refiere en términos generales a la “persona humana”, es decir, a mujeres y hombres, lo cierto es que en la realidad, existe una enorme desigualdad en el acceso y goce de estos derechos.
- El feminismo establece como categoría de análisis fundamentalmente, las relaciones sociales entre mujeres y hombres, visualizó y reconoció la existencia de relaciones de jerarquía y desigualdad manifestando un interés de saber, de conocer las causas y consecuencias de la subordinación femenina. Primero, por legitimar a la mujer como tema de conocimiento y campo de estudios de género; y segundo en hacer visibles las problemáticas e inequidades en el ser mujer.
- A través del movimiento feminista y el movimiento amplio de mujeres se han impulsado Tratados Internacionales, uno de los más significativos fue en 1979, cuando se lleva a cabo la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW). Donde se establece la discriminación contra la mujer como: “denotará toda distinción, exclusión a restricción basada en el sexo que tenga por objeto o por resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer” 3 (art.1)
- México fue y es uno de los Estados Parte, por lo que la convención fue suscrita el 17 de julio de 1980 y ratificada el 23 de marzo de 1981.
- “Los Estados Partes condenan la discriminación contra la mujer en todas sus formas, convienen en seguir, por todos los medios apropiados y sin dilaciones, una política encaminada a eliminar la discriminación contra la mujer” (artículo 2)
- “…modificar los patrones socioculturales de conducta de hombres y mujeres, con miras a alcanzar la eliminación de los prejuicios y las prácticas consuetudinarias y de cualquier otra índole que estén basados en la idea de la inferioridad o superioridad de cualquiera de los sexos o en funciones estereotipadas de hombres y mujeres” (artículo 5, inciso a)
- “…tomarán todas las medidas apropiadas, incluso de carácter legislativo, para suprimir todas las formas de trata de mujeres y explotación de la prostitución de la mujer (artículo 6); para eliminar la discriminación contra la mujer en: la vida política y pública del país (artículo 7); a fin de asegurarle la igualdad de derechos con el hombre en la esfera de la educación (artículo 10); en la esfera del empleo; (artículo 11); en la esfera de la atención médica, el acceso a servicios de atención médica, inclusive los que se refieren a la planificación de la familia (artículo 12); en otras esferas de la vida económica y social (artículo 13); en todos los asuntos relacionados con el matrimonio y las relaciones familiares (artículo 16) a fin de asegurar, en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres”
- “…tendrán en cuenta los problemas especiales a que hace frente la mujer rural y el importante pape l que desempeña en la supervivencia económica de su familia, incluido su trabajo en los sectores no monetarios de la economía (artículo 14)
- El feminismo se planteaba y analizaba que la desigualdad de poder que existe entre mujeres y hombres va construyendo un “deber ser masculino” con las características más valoradas socialmente y con poder sobre el género femenino. El “deber ser” acerca del ejercicio de poder, se sustenta de que el uso de fuerza mediante la agresión puede ser tolerada y justificada socialmente como procedimiento viable para resolver conflictos y en donde la intención en el uso de la agresión es dañar, dominar, someter, doblegar, paralizar a través del abuso del poder dando origen a la violencia contra las mujeres.
- En la Tercera Conferencia Internacional de la Mujer en Nairobi, en 1985 se rompe el silencio en torno a la violencia en contra de la mujer.4
- Durante Conferencia Mundial sobre los Derechos Humanos, en Viena 1993, se proclama la Declaración Universal para la Eliminación de la Violencia para la Mujer.5
- En 1994 en la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Belém Do Pará), se establece que la violencia contra la mujer es: “cualquier acción o conducta, basada en su género, que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer, tanto en el ámbito público como en el privado” 6
- También se establece en dicha convención las modalidades y tipos de violencia contra la mujer “…se entenderá que violencia contra la mujer incluye la violencia física, sexual y psicológica: a. que tenga lugar dentro de la familia o unidad doméstica o en cualquier otra relación interpersonal, ya sea que el agresor comparta o haya compartido el mismo domicilio que la mujer, y que comprende, entre otros, violación, maltrato y abuso sexual; b. que tenga lugar en la comunidad y sea perpetrada por cualquier persona y que comprende, entre otros, violación, abuso sexual, tortura, trata de personas, prostitución forzada, secuestro y acoso sexual en el lugar de trabajo, así como en instituciones educativas, establecimientos de salud o cualquier otro lugar, y c. que sea perpetrada o tolerada por el Estado o sus agentes, donde quiera que ocurra” (Art. 2)
- Y los derechos a una vida libre de violencia “…Toda mujer tiene derecho a una vida libre de violencia, tanto en el ámbito público como en el privado. (artículo 3)
“…Toda mujer tiene derecho al reconocimiento, goce, ejercicio y protección de todos los derechos humanos y a las libertades consagradas por los instrumentos regionales e internacionales sobre derechos humanos. Estos derechos comprenden, entre otros:..»
- Derecho a que se respete su vida
- Derecho a que se respete su integridad física, psíquica y moral
- Derecho a la libertad y a la seguridad personales
- Derecho a no ser sometida a torturas
- Derecho a que se respete la dignidad inherente a su persona y que se proteja a su familia
- Derecho a igualdad de protección ante la ley y de la ley
- Derecho a un recurso sencillo y rápido ante los tribunales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos
- Derecho a libertad de asociación
- Derecho a la libertad de profesar la religión y las creencias propias
- Derecho a tener igualdad de acceso a las funciones públicas de su país y a participar en los asuntos públicos, incluyendo la toma de decisiones
- En 1995 en la Cuarta Conferencia Mundial de la Mujer (Beijing)7 se genera el establecimiento de la Plataforma Mundial de Acción con 12 estrategias que consolidan los avances de todas las declaraciones, convenciones y conferencias anteriores. Se instituye la equidad de género como un enfoque de todas las políticas de desarrollo y la transversalidad de la perspectiva de género como un eje orientador para la transformación de las estructuras sexistas y discriminatorias y para alcanzar un desarrollo humano con equidad.
- En 1999, se declara el 25 de noviembre el Día Internacional de Eliminación de la Violencia contra las Mujeres, en honor a las hermanas Mirabal (Patria, Minerva y María Teresa) asesinadas en la misma fecha por órdenes del dictador Rafael Leónidas Trujillo en República Dominicana. Por lo que llegada esta fecha se genera activismo en todo el mundo para evaluar y proponer medidas para la erradicación de la violencia contra las mujeres.
- En México, existe la Ley General de Acceso a una Vida Libre de Violencia8 que busca proteger los derechos de las mujeres a una vida libre de violencia.
- 1 http://unesdoc.unesco.org/images/0017/001790/179018m.pdf
- 2 Adoptada y proclamada por la Asamblea General en su resolución 217 A (III), del 10 de diciembre de 1948; Recuperado de: http://unesdoc.unesco.org/images/0017/001790/179018m.pdf
- 3 http://www.inmujeres.gob.mx/inmujeres/images/stories/cedaw/cedaw.pdf
- 4 http://www.unwomen.org/es/how-we-work/intergovernmental-support/world-conferences-on-women
- 5 http://www.ordenjuridico.gob.mx/TratInt/Derechos%20Humanos/INST%2018.pdf
- 6 http://www.ordenjuridico.gob.mx/TratInt/Derechos%20Humanos/D9.pdf
- 7 http://www.un.org/womenwatch/daw/beijing/pdf/Beijing%20full%20report%20S.pdf
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